DESCRIPCIÓN
<p>CASA EN VENTA EN AYRES DEL PILAR. </p><p>Moderna casa de 375 m2 construida sobre un lote de 905 m2 con amplio jardín y pileta, desarrollada en dos plantas. </p><p>En la Planta Baja: amplio living comedor con salida a galería, escritorio o cuarto de huéspedes, toilette con ducha, cocina con comedor diario que funciona también como family, lavadero con doble entrada, dependencia de servicio. </p><p>En la Planta Alta: Hall de distribucióon, dos habitaciones en semi suite, con vestidor y baño compartimentado. Otra habitación en suite con vestidor y habitación principal en suite con vestidor. </p><p>En el exterior: amplia galería con parrilla y barra. Jardín con riego automático por aspersión y pileta. </p><p>Detalles constructivos de calidad. La propiedad cuenta con doble pared, calefacción a través de piso radiante, A/A central frío calor, doble bomba y doble caldera. Pisos de mármol travertino en Planta Baja y porcelanato en Planta Alta, puertas de madera lustrada, aberturas de aluminio doble vidrio y rolares automatizados en planta alta, que aportan confort y funcionalidad. Se destacan los ambientes amplios, la excelnte luminosidad y las líneas rectas. </p><div><br></div><div>AYRES DEL PILAR es uno de los barrios más prestigiosos de la zona, cuenta con 180 hectáreas, 22 comunidades y 850 lotes de entre 800 y 1500 m2.</div><div>Está ubicado a la altura del km 43,5 de Panamericana Ramal Pilar, con excelente acceso y una infraestructuva social y deportiva de primer nivel.</div><div>Cuenta con Club House de restaurant, SUM, gimnasio, canchas de tenis, fútbol, paddle y squash, piscina, minimarket, circuito aeróbico y parque central.</div><div><br></div><div>FABRIS BIENES RAICES<div>VALERIA LUCIA FABRIS</div><div>CUCICBA 9987 / CMCPSI 7310</div><div>De conformidad con la ley 5115 se informa que la presente propiedad tiene accesibilidad para personas con movilidad reducida.</div><div>Ley 5859 – Art. 5: “Se encuentra prohibido cobrar comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes a los inquilinos que sean personas físicas. Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15 %) del valor total del respectivo contrato”. -</div><div><br></div></div><div><br></div> <br><br> <p></p>